Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.

Vigencia desde:26-10-2017

A excepción de los artículos 1, 3, 4, 11 y las disposiciones finales.1, 2, 3 y 9, que entrarán en vigor el día 1 de enero de 2018. La disposición final cuarta , que entrará ne vigor el día primero del segundo mes natural siguiente a la entrada en vigor de la disposición final segunda.

BOE 257/2017, de 25 de octubre de 2017